
Beneficios tributarios para donantes de ESAL en Colombia
COLCES Editorial
El marco legal de las donaciones en Colombia
Colombia cuenta con un sistema tributario que incentiva las donaciones a entidades sin ánimo de lucro a través de descuentos fiscales. El Estatuto Tributario, en sus artículos 125 a 125-5 y el artículo 257, establece las condiciones para que donantes personas naturales y jurídicas puedan obtener beneficios al contribuir al sector social.
A partir de la reforma tributaria de 2022, se fortalecieron los mecanismos de transparencia y se simplificaron algunos procesos, haciendo más atractiva la inversión social privada.
¿Quiénes pueden recibir donaciones con beneficio tributario?
No todas las ESAL generan beneficio tributario para sus donantes. Solo aquellas que estén calificadas en el Régimen Tributario Especial (RTE) y que cumplan con los requisitos de actualización y publicidad pueden emitir certificados de donación válidos para efectos fiscales.
- Fundaciones, asociaciones y corporaciones del Régimen Tributario Especial
- Entidades del sector solidario (cooperativas, fondos de empleados)
- Instituciones de educación superior aprobadas por el ICFES
- Entidades que desarrollen proyectos de ciencia, tecnología e innovación aprobados por MinCiencias
Beneficios para personas jurídicas
Las empresas que realizan donaciones a ESAL del Régimen Tributario Especial pueden obtener un descuento del 25% del valor donado en su impuesto de renta. Esto significa que por cada $100.000 donados, la empresa obtiene un descuento de $25.000 en su declaración de renta.
“Las donaciones no son solo un acto de generosidad; son una estrategia inteligente de responsabilidad social que genera beneficios fiscales reales para las empresas comprometidas con el desarrollo del país.
Adicionalmente, las donaciones a proyectos de ciencia, tecnología e innovación pueden generar un descuento del 25% en el impuesto de renta más una deducción del 100% del valor donado, creando un incentivo aún más poderoso.
