
Nuevas normativas para ESAL en 2025
COLCES Editorial
El marco regulatorio para las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) en Colombia ha experimentado cambios importantes que entran en vigor en 2025. Es fundamental que las organizaciones conozcan y se adapten a estas nuevas normativas para evitar sanciones y mantener su estatus legal.
Cambios en el registro y renovación
Las cámaras de comercio han actualizado los requisitos para el registro y la renovación anual de las ESAL. Entre los cambios más relevantes se encuentran la obligación de presentar estados financieros comparativos de los últimos dos años, la actualización del objeto social para que refleje con precisión las actividades actuales de la organización, y la implementación de un sistema electrónico de registro que agiliza los trámites.
Las organizaciones que no realicen la renovación dentro del plazo establecido enfrentarán multas que van desde uno hasta cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo
La UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) ha ampliado las obligaciones de las ESAL en materia de SARLAFT. Ahora todas las organizaciones con ingresos anuales superiores a 500 SMMLV deben implementar un sistema de autocontrol que incluya la identificación de operaciones inusuales y sospechosas, la designación de un oficial de cumplimiento, y la presentación de reportes periódicos a la UIAF.
Las organizaciones más pequeñas, aunque no están obligadas a implementar un SARLAFT completo, deben mantener registros actualizados de sus donantes y fuentes de financiamiento.
Régimen tributario especial
El régimen tributario especial para ESAL ha sido modificado para incluir nuevos requisitos de transparencia. Las organizaciones que deseen mantener o acceder al RTE deben ahora publicar en su sitio web los estados financieros, el informe de gestión y la memoria económica, presentar la declaración de renta de manera electrónica con información detallada sobre beneficiarios finales, y demostrar que al menos el 70% de sus ingresos se destinan a actividades relacionadas con su objeto social.
